Ojo a los cambios fiscales para los autónomos

Ojo a los cambios fiscales para los autónomos

Si eres autónomo, seguro que entonces te interesa conocer que existen algunos cambios fiscales bastante importantes que puedes aplicar durante este año 2016 y que de seguro te vienen muy bien para poder conseguir tener una mejor gestión de tus ingresos y de tus cuentas en general. El Equipo de Redacción de Camarasa y Gregori te lo cuenta en este artículo.

Los cambios fiscales que afectan a los autónomos

Durante la reforma que se aprobó en el 2015 para que se aplique este año, existe una modificación importante para los autónomos en materia fiscal y es aquella que tiene que ver con los módulos, lo que hace que a partir de este año el límite de ingresos que se pueden presentar por módulos pasa de 450.000 a 250.000 euros. También en este apartado se excluyen por completo a aquellos autónomos que emitan facturas superiores a los 225.000 euros y a quienes son parte de la industria de la artesanía, madera, construcción y agroalimentaria.


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Más cambios

Por otro lado, quienes sean socios de una empresa y realicen una actividad económica o un tipo de servicio profesional para la sociedad deben de darse de alta como autónomos con el fin de poder cobrar con una nómina tradicional, pero lo bueno es que al menos las retenciones en estos casos para quienes son administradores o consejeros bajan de un 37% a un 35% pudiendo también acogerse a los beneficios que existen en la Ley de Emprendedores para nuevos autónomos.

En lo que se refiere a los inmuebles, siempre ha habido inconveniente en qué se considera una actividad económica en ese caso y qué no. Hoy en día para pasar el arrendamiento de un inmueble como una actividad económica es necesario tener contratada al menos a un persona en jornada completa lo que hace entonces que se pueda desgravar tanto en el apartado de impuesto de sociedades como en el de patrimonio, sucesiones y donaciones en general.

Lo que viene en 2016

Todo ello, concluye que los autónomos durante el año 2016, pueden llegar a desgravarse cerca del 50 por ciento de aquellos gastos que sean derivados exclusivamente de su actividad siempre que estén bien justificados y reflejados en sus libros contables.

Esta reforma sin duda es muy buena  y beneficiosa para aquellos autónomos que son empresarios pero en ningún caso llega a contemplar a los autónomos que trabajan en sus casas ya que no pueden incluir en ellos los gastos que derivan de la luz, el teléfono o el propio alquiler.

Por último, aquello que supone gastos propios de atención al cliente, puede deducirse un máximo de un 1% del total de la cifra del negocio, lo que hará que para aquellos que lo superen se genere un sobrecosto no deducible.

Como puedes notar los cambios fiscales para los autónomos son algo que hay que contemplar si eres empresario y tienes personal contratado ya que podrás deducir mucho más que durante el año 2015.

Si tienes dudas al respecto, lo mejor es que puedas hablar con un consultor o asesor que te pueda ayudar en el tema y guiar en el proceso.

¿Eres autónomo? ¿Te favorece la nueva ley del 2016?

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